El Tribunal Oral en lo Criminal 2 (TOC 2) sentenció de manera unánime al imputado, Sergio Alejandro Cejas (38), como autor del delito de «homicidio agravado por la relación de pareja y femicidio».
En su sentencia, dispusieron además el secuestro y la venta del vehículo particular del acusado con un «privilegio de cobro» por parte de la hija de la víctima, «en concepto de reparación económica integral».
Además, se ofició al Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad, para dar cumplimiento con el resarcimiento económico previsto por la ley 27.452 para los hijos de víctimas de femicidios.
El fallo de los jueces Néstor Conti, Alexis Simaz y Roberto Falcone fue en línea con el pedido realizado en su acusación por la fiscal Florencia Salas, titular de la Unidad Funcional de Instrucción (UFI) 1 de Mar del Plata.
Los magistrados rechazaron en cambio el pedido de la defensa para que el caso fuera encuadrado como un crimen bajo «emoción violenta», así como otras «circunstancias extraordinarias de atenuación» y un planteo sobre la presunta inconstitucionalidad de la prisión perpetua en caso de femicidio.
«No se ha verificado en lo más mínimo que Cejas haya estado emocionado violentamente, pero aun así resulta meridianamente claro que las circunstancias para nada harían excusable su obrar, dada la violencia de género persistente que él ejerció sobre Gisel, al menos durante los cinco años previos a que le causara la muerte», señaló la sentencia.
En ese sentido, el fallo aseguró que el acusado «hostigaba y perseguía permanentemente a Varela, se le aparecía en cualquier momento cuando estaba trabajando, también lo hacía en su domicilio de forma intempestiva en cualquier horario».
Subrayó en ese sentido que Cejas acosaba a la mujer, «incluso luego de que se le impusiera una orden de restricción de acercamiento«.
«Ejercía sobre ella violencia de género, de forma psicológica, sexual, económica y física. A Varela no se le conoció otra pareja luego de que comenzara a relacionarse con Cejas; en cambio, este último salía con varias mujeres. Tanto Varela como el resto de sus compañeras policías le tenían temor al imputado», señalaron los magistrados.
El femicidio
La fiscal aseguró que la víctima «estaba inmersa en un círculo de violencia de género del que no pudo salir».
Según se estableció en las cuatro jornadas del juicio, Cejas asesinó de cinco disparos a Varela luego de arrebatarle su arma reglamentaria, tras interceptarla cerca de las 6.45 del 8 de enero de 2019, en la esquina de Alberti y Las Heras, mientras ella aguardaba el colectivo para ir hacia su trabajo.
De acuerdo a la sentencia, el imputado le disparó dos veces en la cara, una en el cuello y otros dos tiros impactaron en el chaleco antibalas que ella llevaba puesto, lo que le provocó «dilaceración del parénquima cerebral y consiguiente paro cardíaco que culminó con la muerte de forma inmediata».
Al momento del crimen, Cejas llevaba en la mochila una copia de la restricción de acercamiento dictada por el Juzgado de Familia 4 cinco meses antes.
El juicio
Tras el femicidio, el imputado escapó en su auto Toyota, que había dejado estacionado a metros del lugar, y fue detenido horas más tarde en la localidad vecina de Miramar, donde fue hallado además el vehículo, con la Bersa calibre 9 milímetros de Varela en el asiento trasero.
El acusado llegó a juicio con prisión preventiva en la Unidad Penal 44 de Batán, no quiso declarar a lo largo del proceso y pidió no estar presente durante la lectura de la sentencia.
Al brindar sus últimas palabras ante el tribunal en la última audiencia del debate oral, expresó: «Quiero expresar mi arrepentimiento, por el final de los hechos. Pedir disculpas por todo lo que pasó. Que Dios obre en nuestras vidas y sea él quien nos juzgue».
Los jueces concluyeron que en el juicio quedó expuesto «sobremanera la violencia de género que ejercía Cejas sobre Varela, basada en una clara relación desigual de poder, que afectaba su integridad física, psicológica, sexual, económica, como así también su seguridad personal y que culminó con su vida».